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sábado, 3 de noviembre de 2007

¿Es correcto o violatorio de la ley?

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Por Alirio Gómez Martínez

Me da la impresión de que el señor Comisionado de Paz está tergiversando las
cosas. Hasta la semana anterior tenía entendido que son los funcionarios
quienes le tienen que rendir cuentas a los electores de sus opiniones y
manejos, y no los ciudadanos a ellos. En una noticia divulgada por todos los
medios de comunicación de Colombia este burócrata dijo: “Si el Gobierno no
le pide explicaciones a Carlos Gaviria sobre el artículo, él no habría dicho
nada al respecto”.

Mi inquietud radica en saber si, ¿existe alguna ley o norma que establezca
que los funcionarios nacionales o de cualquier nivel, tienen la obligación
legal de pedirles explicaciones a los ciudadanos por artículos de prensa
publicados en medios masivos de comunicación? De lo que si tengo seguridad
es que la ley establece que los funcionarios solo pueden proceder de
conformidad a lo que la ley les permite. Exigir cosas que la ley no señale
específica y claramente, es un abuso.

El artículo 20 de la Constitución Nacional señala que “Se garantiza a toda
persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de
informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios
masivos de comunicación.” Lo sucedido a Carlos Gaviria le puede ocurrir a
cualquier periodista o a cualquier persona. A mi me ha sucedido y con
frecuencia que toman artículos de autoría personal, los traducen y publican
el otras páginas web y medios escritos.

Los ciudadanos colombianos pueden hacer libremente lo que le venga en gana
sin pedirle permiso al gobierno si la ley lo permite. De lo contrario se
llama censura y la Constitución habla de que “en Colombia no habrá censura”.
Si la persona infringe alguna norma legalmente establecida, el funcionario
debe denunciarlo ante la fiscalía y los jueces. Creo que en ninguna parte
existe medida alguna que autorice a los funcionarios a pedirle a los
ciudadanos rendirles cuenta de sus actuaciones por los medios de
comunicación. ¿Abuso de poder?

El artículo 6º de la Constitución Nacional establece que “Los particulares
sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y
las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o
extralimitación en el ejercicio de sus funciones”. ¿Habrá extralimitación
del ejercicio de sus funciones al pedirle a través de los medios de
comunicación “explicaciones a Carlos Gaviria…”? ¿Con estos llamados a rendir
cuentas se garantiza por parte del gobierno la libertad de conciencia y que
nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido
a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia?

Hoy es contra, Carlos Gaviria, mañana será contra cualquier periodista o
ciudadano que piense diferente al Presidente Uribe. ¡Horroroso y dañino para
la democracia y la Patria!
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