Aprobado el fuero de la
impunidad
Sin ninguna vergüenza,
desoyendo el clamor internacional y nacional, el poder Legislativo y el
Ejecutivo, salieron airosos al ser aprobado en último debate en el Congreso el
esperpento de reforma a la Constitución para ampliar el fuero penal militar.
El Congreso le aprobó a la
Fuerza Pública licencia para matar, desaparecer, torturar y violar los derechos
humanos y el DIH impunemente
Por: Camilo Raigozo /
Miércoles 12 de diciembre de 2012
Desafuero penal militar
El congreso de Colombia |
“La aprobación de esta reforma
constitucional va en contra de las obligaciones internacionales contraídas por
Colombia en materia de derechos humanos y entraña el riesgo de consolidar
todavía más la impunidad de las fuerzas armadas y la policía", manifestó
Susan Lee, directora del Programa de Amnistía Internacional para América.
“La aprobación de esta reforma
será un indicativo claro de la falta de compromiso del gobierno con los
derechos humanos en un contexto en que las fuerzas armadas y la policía
continúan cometiendo graves violaciones de derechos humanos directamente o en
coordinación con los paramilitares”
La ONU y Human Rights Watch,
explicaron que todos los crímenes que cometan las fuerzas militares y la
policía, “serán conocidos exclusivamente” por tribunales militares, excepto,
aparentemente, los crímenes de genocidio, lesa humanidad, desaparición forzada,
tortura, violencia sexual, ejecuciones extrajudiciales y desplazamiento
forzado.
Por consiguiente, la justicia
penal militar investigará y juzgará todos los demás tipos de violaciones de
derechos humanos.
En cuanto a la coartada que
encierra las “exclusiones de la justicia penal militar”, la ONU y HRW
advirtieron que “de acuerdo con el derecho internacional, y según fue
confirmado recientemente “por la sala de casación penal de la Corte Suprema las
ejecuciones extrajudiciales, la violencia sexual y otros abusos militares
únicamente podrían ser juzgados como delitos de lesa humanidad “si forman parte
de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil, efectuado
con conocimiento del ataque y de acuerdo con la política de un Estado u
organización.
“En palabras del Fiscal
General Eduardo Montealegre, ‘el crimen de lesa humanidad no es toda grave
violación de derechos humanos’.
“El Estatuto de Roma de la
Corte Penal Internacional dice que tienen que ser ataques sistemáticos o
generalizados contra la población civil”.
Por lo tanto en la enmienda
aprobada, para poder emprender acciones en los tribunales de la justicia
ordinaria, los fiscales deben demostrar en cada caso que la víctima de
genocidio, lesa humanidad, desaparición forzada, tortura, violencia sexual,
ejecuciones extrajudiciales y desplazamiento forzado, fue agredida en el marco
de un ataque generalizado o sistemático perpetrado por militares contra la
población civil con conocimiento de dicho ataque y de conformidad con una
política oficial, lo cual es imposible, porque es de lo que se van a cuidar los
criminales.
“Al día siguiente de aprobarse
esta reforma, lo más seguro es que los abogados de quienes están investigados
como presuntos responsables de los “falsos positivos”, a través de un artificio
jurídico, reclamen la aplicación del principio de favorabilidad, fundado en que
como sólo hasta ahora se ha venido a tipificar como delito la conducta de
ejecución extrajudicial, ella no puede ser aplicada a situaciones pasadas.
“Si ello ocurre, para
vergüenza internacional se abrirán las puertas de las cárceles a muchos
criminales que delinquieron en nombre de la patria.
“Que los militares tienen
derechos, eso no está en duda, pero de ahí a reformar la Constitución para
convertirlos en intocables, eso sí no puede ser en un Estado de derecho.
"Es una lástima que eso
no lo tenga claro el ministro Juan Carlos Pinzón, quizá por su errada
apreciación de creer que su papel es el de estafeta y no el de quien, junto con
el presidente, tiene la función de gobernar en materias militares”, advirtió el
jurista y columnista Ramiro Bejarano.
Por su parte el excongresista
y columnista Rodrigo Uprimny afirma que: “El proyecto establece que toda
infracción al derecho humanitario será conocida por la justicia militar, con
excepción de los delitos expresamente excluidos.
“Resultado: si hay una muerte
o un posible abuso en una operación militar, los primeros pasos de la
investigación los hará la justicia militar y no la Fiscalía, como sucede
actualmente. Será la justicia militar la que llegue al sitio de los hechos y
realice las primeras indagaciones.
“Todo experto en
criminalística sabe que esas primeras horas son decisivas, pues se recogen (o
dejan de recoger) las pruebas esenciales.
“Entonces, en la práctica,
será la justicia militar la que determine si la muerte fue un acto legítimo de
guerra, una infracción al derecho humanitario que le corresponda investigar o
una ejecución extrajudicial que deba reenviar a la justicia ordinaria.
“¿Cómo podrá entonces
enterarse la Fiscalía de que hubo un crimen que deba investigar? Dependerá de
que la justicia militar le remita el caso, lo cual casi nunca ha ocurrido en
violaciones a los derechos humanos.
“Pero supongamos que por
alguna razón se sabe que pudo haber un falso positivo. ¿Puede entonces
intervenir la Fiscalía autónomamente? No, pues en ese evento entra a operar la
ambigua “comisión técnica de coordinación”, que incluye a representantes de la
justicia militar.
“Y si esa comisión concluye
que el caso es de la justicia ordinaria, el militar procesado podría todavía
acudir al “tribunal de garantías penales” creado por la reforma, que definirá
definitivamente quién investiga el caso. Y la mitad de los miembros de ese
tribunal son militares o policías retirados”.
Para redondear la faena, el
Consejo de Estado tumbó, en la misma fecha, el acuerdo que facultaba a la
Fiscalía decidir en que casos investigaba a los militares inmersos en muertes
en combates.
Por lo anterior se puede
afirmar sin lugar a equívocos que el esperpento que acaba de aprobar
irresponsablemente el “Honorable” Congreso de la República, no es otra cosa que
el otorgamiento a militares y policías de un cheque en blanco, para matar,
torturar, desaparecer, desplazar y agredir sexualmente, entre otras
atrocidades, a cualquier colombiana o colombiano, con la garantía de que no van
a ser castigados por sus crímenes.
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