sábado, 19 de mayo de 2007

¿LOS SABIOS TAMBIÉN SE EQUIVOCAN?



Por: Gerardo Delgado Silva

En medio del gran caos que confunde al país y lo mantiene en zozobra, por el fenómeno oprobioso de la “parapolítica”; nuestra sociedad, de brazo con principios éticos ha vuelto la mirada a la Corte Suprema y a la Fiscalía General de la Nación, con angustiada fe en la justicia, esencialmente indispensable para enfrentar las circunstancias.

Su magna tarea, - expresé en días pasados, refiriéndome a la Corte Suprema de Justicia, ante el Congreso de Andal – es el camino hacia la luz de la verdad; el valladar a la marcha ominosa del delito: una verdadera cruzada a favor del prestigio de la justicia; una labor de sanidad espiritual, para no seguir en el cieno de la impunidad y así evitar la catástrofe total; “una pedagogía de la esperanza”, como dice Freire.

Y agregué: El Estado Social de Derecho, no está indefenso sino en la medida en que las palabras de la Constitución y de los Códigos se queden sin alma y sin medios para obrar, garantizando que lo que se dice en las leyes es lo que se impone, lo que se cumple, lo que no se tolera que sea violado, porque cuando así ocurre, la convivencia es imposible.

Pero tan normal anhelo de justicia que identifica a los colombianos sensatos, de corazón sencillo y esplendente que enaltecen la patria, se ve vulnerado por la simple voluntad de unos políticos indecorosos que formando parte del Congreso y de agrupaciones criminosas con los paramilitares – los de la sevicia con motosierras, los de las fosas comunes cual turbión terrorista – enigmáticamente han renunciando a su investidura, inspirados por un ex magistrado de la Corte Suprema, para alegar su propia interpretación de las normas constitucionales, no sin antes vejar pública y vehemente a la insigne institución de la justicia penal. Actitud irrespetuosa reñida con la elegancia espiritual, pero también un testimonio profético, un mensaje violento y aterrador de lo que es la “parapolítica”.

Lo desgarrador es que la Corte Suprema de Justicia se haya separado del conocimiento de unos procesos de la parapolítica, como el caso de Álvaro Araújo Castro, con el cómodo argumento de la existencia de “… más de 70 decisiones de la Corte” en el mismo sentido, determinando que: “… cuando el delito no corresponde a la función propia de un funcionario, el tribunal no mantiene la competencia”.

Es una especie de reverencia por las providencias anteriores, estereotipándolas y petrificando el derecho. Las conductas correspondientes a las 70 decisiones de la Corte, pueden ser análogas, pero no puede afirmarse que lo previsto en su texto, sea aplicable extensivamente al grupo de la “parapolítica”, si se tiene en cuenta la situación concreta de las diversas acciones que las caracterizan.

El delito–acontecimiento, es un hecho considerado en si mismo, individualizado en el tiempo y en el espacio que está bajo el signo de la subjetividad del agente, la expresión nítida de su personalidad.

Son clarificadoras las palabras del señor Presidente de la Corte Suprema, Julio Valencia Copete, cuando dijo antes de los últimos pronunciamientos: “La jurisprudencia no es estática… nada impide que frente a determinados hechos cambie…”.

Y bien. Aun cuando hayan renunciado a su investidura, esto no significa que puedan renunciar al fuero, porque éste no se consagra en interés de las personas, sino como una garantía concedida a los miembros del parlamento, en virtud de su alta misión, para ser investigados y juzgados por el máximo tribunal en lo penal, que es la Corte Suprema de Justicia.

Así pues, el mandato inexcusable, consagrado en el artículo 186 de nuestra Constitución Política, establece: “Fuero parlamentario. De los delitos que comentan los congresistas, conocerá en forma privativa la Corte Suprema de Justicia, única autoridad que podrá ordenar su detención…” (La negrilla fuera de texto). Y el Parágrafo del artículo 235 de la Carta, señala: “Cuando los funcionarios antes enumerados (se refiere a los miembros del Congreso) hubieren cesado en el ejercicio de su cargo, el fuero sólo se mantendrá para conductas punibles que tengan relación con las funciones desempeñadas”. (La negrilla fuera de texto).

La labor interpretativa de la Constitución Política, no puede darse al margen de las realidades histórico – sociales, ni de la dignidad humana, ni de los principios generales del derecho, ni del derecho natural.

“Jamás puede decirse – expresa Vladimiro Naranjo Mesa – que un artículo posterior dentro del texto de la Carta prevalezca sobre uno anterior… tampoco puede decirse que una norma de tipo especial… prevalezca sobre una de carácter general (v. gr., la que consagre la prevalencia del interés general sobre el particular o individual)”.

Tampoco pueden desconocerse los componentes del debido proceso, en los cuales descansa la competencia, que los procesados no pueden caprichosamente escoger, ni hacer acomodamientos torticeros a sus propios intereses, sobreponiéndolos al verdadero interés nacional.

El espectáculo de esos parlamentarios, es una conspiración no sólo contra el templo del derecho y la justicia, sino también contra el Estado Social de Derecho, que por ser miembros del clásicamente denominado Cuerpo Soberano de la República, están mayormente obligados a preservar.

En puridad de verdad, existió una relación de causalidad jurídicamente relevante, entre un proselitismo armado de los paramilitares y el triunfante acceso al Congreso, de varios de sus miembros.

Según la investigación de la Doctora Claudia López y nutrida información de prensa, el Senador Álvaro Araújo, “aparece como beneficiario de los ‘distritos electorales’ creados por ‘Jorge 40’ en 2002”. Entonces, resulta lógico inferir, que hubiese propuesto ante el Senado, que los “paramilitares” desmovilizados hicieran parte de la fuerza pública. En igual sentido, “en la discusión de la Ley de Justicia y Paz radicó un artículo que permitía a los paramilitares quedarse con el 20 por ciento de sus bienes ilegales cuando finalizara el proceso de paz…”. ¡Espantables monstruosidades!

Son conductas coherentes, que inequívocamente señalan la conexión íntima entre el concierto para delinquir que les atribuyó la Corte y las funciones propias de congresista.

En la tormentosa crisis moral, económica y social de Colombia, en este infierno que ni Dante hubiera podido imaginar, llegó el momento de combatir el mal, de no seguir atrapados en las mallas del miedo, de mostrar la grandeza de los valores cristianos, apresurándonos a rodear a la justicia de nuestra patria, como un acto vigoroso de solidaridad y fortaleza moral, entorno de las instituciones que la deben aplicar soberana e independientemente, apuntalando la esperanza.

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