Colombia, miércoles 4 de agosto de 2009
-----------------HORACIO SERPA
Comenzó una interesante polémica sobre el “Estado de Opinión”, planteamiento del Presidente Uribe para señalar que el querer del pueblo determina el compromiso del gobernante y la acción de las autoridades.
Se estima que es un ejemplar reconocimiento democrático al pueblo en el marco de la denominada “soberanía popular”, planteado por un gobernante que goza de amplios márgenes de confianza ciudadana. Pero han surgido las especulaciones y en estos momentos de tanta incertidumbre política y electoral es saludable que se aclaren las cosas para evitar más desajustes.
Amigos del gobierno aseguran que el Estado de Opinión es la sublimación de la democracia participativa, el cual permite gobernar por encima de la ley atendiendo solo los deseos de la ciudadanía, a la que se le debe tomar el pulso en encuestas y sondeos, en cartas y documentos con muchas firmas, en manifestaciones públicas, y en otras maneras que identifiquen una opinión colectiva.
Uno podría entender que son argumentos para discutir. ¿Se trata de volver a la época del ágora? ¿Para qué el Congreso? ¿Para qué las leyes, si se puede dirigir el país a golpes de opinión? ¿En qué queda la tesis según la cual una democracia exige para su funcionamiento reglas del juego claras, permanentes, estables, previamente establecidas, de general aceptación?
El asunto merece reflexión y amplias discusiones, lo que haría de este ejercicio una oportunidad para aclarar dudas, cubrir vacíos, hacer nuevas interpretaciones y fortalecer el sistema político. Lo pernicioso de las especulaciones que menciono tiene que ver con que se habla de aplicar ya, “aquí y ahora”, estos “novedosos” criterios, antes de que los colombianos nos vayamos por el despeñadero de la Constitución y el Estado de Derecho. ¡Que tal!
En ese sentido, hay que hacer encuestas y atender sus resultados como máxima orientación popular a los gobernantes. Para eso son las preguntas sobre favorabilidad e intención de voto, dicen. Y plantean que si aún se tienen arcaicos escrúpulos legalistas, para preguntar sobre la reelección no se requiere el referendo, hoy en estado de coma, sino acudir directamente al “constituyente primario” por medio de una Consulta, según el Art. 104 de la Constitución.
La norma dice: “El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional”.
Es el famoso Plan B, todo un “zelayaso” al mejor estilo constitucional.
A esta hora ya deben estar plenamente definidas las reglas para las elecciones del año entrante y no es procedente que tan mañosamente se pretenda lesionar el sistema electoral. No es posible que frente al fracaso del referendo se acuda a una norma creada para fines más altruistas. No es procedente, no es ético ni democrático, consultar un beneficio particular a favor del consultante. No fue esa la Constitución que se expidió en 1.991.
Muchos confiamos en que el Presidente Uribe no se dejará meter en semejante atropello.
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