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POR: REINALDO RAMIREZ
Los abogados debemos estar alertas frente al peligro que se cierne sobre nuestra profesión; el Gobierno, a través del Ministro Fabio Valencia Cossio, presentó ante el Congreso con mayorías amaestradas, un proyecto de ley que amenaza la existencia de la abogacía, concebida como la profesión encargada de defender las libertades, la dignidad y la autonomía de los ciudadanos.
Este proyecto de ley se enmarca en la estrategia totalitaria del gobierno uribista encaminada a debilitar la Corte Suprema de Justicia y, en general, a destruir la Administración de Justicia, último bastión de la sociedad democrática en la lucha contra el narcotráfico, la corrupción y el paramilitarismo que infiltró y domina los demás poderes del Estado.
El proyecto de ley 015 de 2008, presentado por el Gobierno a la Cámara de Representantes, que crea la Colegiatura Nacional de Abogados … “para el ejercicio de la profesión de abogado” es violatorio del artículo 26 de la Constitución Nacional en cuanto hace obligatoria para los abogados la opción voluntaria y libre que concede la Carta Política a todos los profesionales colombianos, para organizarse en colegios; “Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios”, dice la Constitución.
En efecto, el proyecto hace obligatoria la “organización” de los abogados en una única entidad del orden nacional; además, instituye la incorporación en el “Colegiatura Nacional de Abogados” como requisito indispensable para obtener la tarjeta profesional de abogado (art. 6º), requisito para ejercer la profesión; la vigencia de la incorporación está condicionada, entre otros requisitos, a “satisfacer la cuota de ingreso”; obtenida la tarjeta profesional de abogado, para mantener la condición de colegiado y poder ejercer la profesión, debe pagar, durante toda su vida profesional, las cuotas establecidas autónomamente por la “Colegiatura Nacional de Abogados”; en consecuencia, el citado proyecto, condiciona el ejercicio profesional al carácter de colegiado (art. 9º) condición que se pierde, entre otras razones, “c) Por falta de pago de las cuotas establecidas” (art.10).
El proyecto de ley pretende convertir a los abogados en tributarios permanentes y obligatorios de la Colegiatura Nacional de Abogados, entidad que tendría total autonomía para fijar el valor de las cuotas de admisión y las cuotas anuales de los miembros colegiados (art. 13, ord. 3º); en la práctica, todos los abogados colombianos estaremos obligados a tributar a la “Colegiatura Nacional de Abogados” so pena de perder el derecho a ejercer nuestra profesión.
Es, igualmente, inconstitucional e inconveniente el proyecto de ley que se comenta, en cuanto defiere a la Junta Directiva de la Colegiatura Nacional de Abogados la expedición del Estatuto General de la Abogacía” (art. 12); en efecto, la expedición del Estatuto General de la Abogacía”, al tenor del artículo 152 de la Constitución Política, es una función privativa del Congreso de la República mediante ley estatutaria, dado que la regulación del ejercicio de la profesión de abogado, tiene que ver, de manera directa, con los “Derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos para su protección”.
Todos los abogados, incluidos los jueces, magistrados y servidores públicos, debemos impedir la aprobación de este proyecto de ley que vulnera nuestros derechos y coarta nuestra libertad; debemos hacer valer nuestro decoro para defender la dignidad y la independencia de la profesión e impedir que esta pequeña ventana hacia el mundo de la libertad que aún existe en Colombia, sea cerrada definitivamente para desaparecer lo poco que resta del Estado de Derecho en nuestro país y sumergirnos en la oscuridad totalitaria que proclama el régimen uribista.
Bucaramanga, Agosto de 2008 > Volver a Inicio > Titulares >
Los abogados debemos estar alertas frente al peligro que se cierne sobre nuestra profesión; el Gobierno, a través del Ministro Fabio Valencia Cossio, presentó ante el Congreso con mayorías amaestradas, un proyecto de ley que amenaza la existencia de la abogacía, concebida como la profesión encargada de defender las libertades, la dignidad y la autonomía de los ciudadanos.
Este proyecto de ley se enmarca en la estrategia totalitaria del gobierno uribista encaminada a debilitar la Corte Suprema de Justicia y, en general, a destruir la Administración de Justicia, último bastión de la sociedad democrática en la lucha contra el narcotráfico, la corrupción y el paramilitarismo que infiltró y domina los demás poderes del Estado.
El proyecto de ley 015 de 2008, presentado por el Gobierno a la Cámara de Representantes, que crea la Colegiatura Nacional de Abogados … “para el ejercicio de la profesión de abogado” es violatorio del artículo 26 de la Constitución Nacional en cuanto hace obligatoria para los abogados la opción voluntaria y libre que concede la Carta Política a todos los profesionales colombianos, para organizarse en colegios; “Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios”, dice la Constitución.
En efecto, el proyecto hace obligatoria la “organización” de los abogados en una única entidad del orden nacional; además, instituye la incorporación en el “Colegiatura Nacional de Abogados” como requisito indispensable para obtener la tarjeta profesional de abogado (art. 6º), requisito para ejercer la profesión; la vigencia de la incorporación está condicionada, entre otros requisitos, a “satisfacer la cuota de ingreso”; obtenida la tarjeta profesional de abogado, para mantener la condición de colegiado y poder ejercer la profesión, debe pagar, durante toda su vida profesional, las cuotas establecidas autónomamente por la “Colegiatura Nacional de Abogados”; en consecuencia, el citado proyecto, condiciona el ejercicio profesional al carácter de colegiado (art. 9º) condición que se pierde, entre otras razones, “c) Por falta de pago de las cuotas establecidas” (art.10).
El proyecto de ley pretende convertir a los abogados en tributarios permanentes y obligatorios de la Colegiatura Nacional de Abogados, entidad que tendría total autonomía para fijar el valor de las cuotas de admisión y las cuotas anuales de los miembros colegiados (art. 13, ord. 3º); en la práctica, todos los abogados colombianos estaremos obligados a tributar a la “Colegiatura Nacional de Abogados” so pena de perder el derecho a ejercer nuestra profesión.
Es, igualmente, inconstitucional e inconveniente el proyecto de ley que se comenta, en cuanto defiere a la Junta Directiva de la Colegiatura Nacional de Abogados la expedición del Estatuto General de la Abogacía” (art. 12); en efecto, la expedición del Estatuto General de la Abogacía”, al tenor del artículo 152 de la Constitución Política, es una función privativa del Congreso de la República mediante ley estatutaria, dado que la regulación del ejercicio de la profesión de abogado, tiene que ver, de manera directa, con los “Derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos para su protección”.
Todos los abogados, incluidos los jueces, magistrados y servidores públicos, debemos impedir la aprobación de este proyecto de ley que vulnera nuestros derechos y coarta nuestra libertad; debemos hacer valer nuestro decoro para defender la dignidad y la independencia de la profesión e impedir que esta pequeña ventana hacia el mundo de la libertad que aún existe en Colombia, sea cerrada definitivamente para desaparecer lo poco que resta del Estado de Derecho en nuestro país y sumergirnos en la oscuridad totalitaria que proclama el régimen uribista.
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