Por Luis Eduardo Jaimes Bautista (J.B.)*
La nueva reforma
a la Justicia que el Presidente Santos y su Ministro Vargas Lleras tienen
preparado para los correspondientes debates en el Congreso, tiene muchos pros
como sus contras. Desde mi humilde punto de vista sociológico, donde me devané
los sesos estudiando los diferentes métodos científicos. Las nuevas normas
vienen trabajándose a nivel latinoamericano. Leyendo un estudio de la
Universidad de los Andes, del doctor Andrés Ucrós (2004) titulado: “La Reforma
a la Justicia en Colombia: Un Movimiento Amplio de globalizaciones Hegemónicas,
plantea los intereses reformistas de la justicia global”. Los recientes intentos desde el 2008 de la Reforma
a la Justicia en Colombia, que empezará hacer trámite por los órganos
legislativos, pueden enmarcarse dentro de este fenómeno.
Será un trabajo
que realizarán, dejando ver lo común y silvestre que el pueblo conoce de la
justicia por los medios de comunicación. Porque lo demás está en la palabra
clave: “Globalización, reforma Judicial, desarrollo económico, mercado,
derechos fundamentales”.
Todo esto me
hace recordar los titulares de prensa: “choque de trenes”. Donde la Corte
Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, EL Consejo de Estado, El Consejo
Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales y
los jueces, administración de justicia y la Justicia Penal militar como reza en
la Constitución en el Art. 116 se convierte en una torre de babel, en caso de dirimirla
se les confunde la lengua. Pero la
justicia basada en el derecho, la gran mayoría de los colombianos se extraña de
que las Altas Cortes de Justicia desconozcan mutuamente los fallos que cada una
de ellas dicta. Es el espectáculo más grave por los nocivos efectos que han
generado, perdiendo la confianza en los ciudadanos por no tener en sus jueces
credibilidad, pero, paradójicamente, es un fenómeno perfectamente comprensible
a los intereses económicos que se mueven en este país.
Colombia
funciona simultáneamente con tres sistemas jurídicos, cada uno de los cuales
tiene tras de sí unos supuestos teóricos serios, que conducen a considerar a
los que son partidarios de cada uno de ellos, que están actuando correctamente,
y que los demás están gravemente equivocados, o están actuando “con sesgo
ideológico”. El tema es largo y académico, para explicar en qué consiste cada
uno de estos sistemas relacionados sería meternos en la hermenéutica. Pero
dónde está el meollo de esta situación y no quieren el consenso, porque prefieren
tener un statu quo que los hace poderosos con influencias. No sólo por las
funciones electorales que les dio la Constitución del 91, sino por el sistema
de administración en cabeza del Consejo Superior de la Judicatura,
burocratizado, clientelista y de presupuestos elevados. Con la reforma
propuesta, las Cortes perderían su capacidad de cruzarse favores con los otros
órganos de control. Y los magistrados la posibilidad de saltar a la política
con las sentencias en la mano, como en su momento intentaron algunos y que su
nombres son muy populares. Tendrían también que abandonar la práctica maluca de
salir a litigar frente a quienes antes eran sus colegas. El régimen de
inhabilidades propuesto es muchísimo más severo que el muy laxo que hoy existe.
La reforma de la
justicia tiene 26 artículos modificatorios de la Constitución del 91, por lo
cual debe surtir ocho debates en el Congreso y apunta a que el Contralor
General lo elija el Congreso en pleno, entre quienes se inscriban como aspirantes.
También para la elección de Contralor se eliminan las funciones nominadoras de
las Altas Cortes.
Igualmente pretende
eliminar el Consejo Superior de la Judicatura, en cuyo caso se crearía el
consejo nacional judicial, con la participación de los presidentes de las Altas
Cortes (Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado),
delegados no magistrados de las Altas Cortes expertos en administración o
finanzas públicas, y el delegado de jueces y magistrados. Allí estarán con voz,
pero sin voto, el Ministro de Justicia, la Fiscal General de la Nación y el
Gerente de la Rama Judicial. El proyecto busca que se vuelva al sistema de
cooptación, para que sean las propias cortes las que elijan a sus integrantes.
También se aumenta de 65 a 70 años la edad de retiro forzoso de los magistrados
de las altas cortes y se requieren de 10 a 20 años, para ser magistrado de
estos tribunales.
A las Cortes no
les gusta la propuesta. Ni podrá gustarles. El presidente de la Corte Suprema
dijo que el proyecto "pone en peligro la institucionalidad". El del
Consejo de Estado fue más lejos y sostuvo que la reforma "afecta
seriamente la existencia del régimen democrático en Colombia". Será porque
allí también existe el nido de la corruptela.
*Poeta y Escritor
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