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miércoles, 25 de enero de 2012

ÉTICA, MORAL Y DERECHO



Por PEDRO GERARDO TABARES C.

Con motivo de la postulación de los contralores que se dio y hoy ya son realidad Nacional, se puede indicar como se  debate lo fue con o sin examen adecuado con el fin de influir en la postulación con el estudio de ternas, análisis de capacidad y finalmente, nominación  de quienes deben desempeñar el cargo. Podría decirse que argumentos centrados en la ética y  la moral quedarían sin fundamento.

 Las orientaciones fundadas en la preparación del manejo de lo público, no se orienta como se hace para candidaturas a algunas corporaciones públicas y cargos importantes en la disputa  democratica, puesto que estos cargos   exigen requisitos, entre los cuales está tener conocimiento  del derecho no solamente en su sentido estricto, sino el financiero para que quienes no tienen la capacidad tampoco  se les admita y se les orienta a que tengan asesores que puedan desempeñar debidamente la labor exigida por lo público y no escapa al intelecto medio. que la moral y la ética son dos importantes valores sociales que también evolucionan, pero por entrar en un campo personal, diferente en cualquiera de las naciones,  generalmente están dirigidas por las religiones que siempre van imponiendo principios loables desde luego, pero según ellas permisivas o vituperadas como ocurre en  el comportamiento de la familia en general o como se tiene el aprecio de una persona, aunque están frente a normas escritas o comportamientos sociales, sino que las concepciones que acompañan la orientación casi siempre se dirigen al más allá. Por lo anterior, ciertos comportamientos evolutivos no puede escapar a parámetros rígidos y que haya otras concepciones sociales como la libertad de prensa, que permita emitir conceptos sin el conocimiento, en aras de una libertad democrática y entonces surge hoy con la evolución de los medios de comunicación, la influencia en las masas que llega a desconocer las decisiones de cortes y tribunales para sentar posiciones netamente morales  que no son los que rige dentro del derecho.

 No se trata de señalar que el derecho tiene excesiva formalidad o es infalible como algunos principios filosóficos lo consideran, pues con alguna frecuencia pueden equivocarse, pero para eso la ley permite enmendar esas situaciones en cuanto a circunstancias numéricas o de cambio de una letra, todo ello consagrado dentro de la jurisprudencia para darle estructura jurídica orientada a las decisiones. Cuando se pronuncian los tribunales en ejercicio de sus competencias la persona tiene la certeza en la toma de decisiones, aun en las administrativas porque se trata de un acto administrativo producido con las exigencias legales y por ende, con ejecutoriedad de tal manera que mientras no se declare su nulidad permanece en el tiempo con la consagración jurídica que no permite que  determinada persona pueda considerar que la decisión no ha tenido en cuenta lo ético y lo moral, puesto  que por no estar consagrado en la ley deja de tener obligatoriedad en la medida en que en Colombia se observen las leyes que por más de un millar y medio se han producido en 20 años y aquellas que no han podido ser tocadas por su estructura.

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