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lunes, 1 de julio de 2013

Reforma a las personerías

Por: Pedro Gerardo Tabares C.
Seguramente que la reforma a las personerías tendrá los mismos problemas que ha tenido la de las Alcaldías, que no han encontrado apoyo por los consabidos feudos que tienen los interesados en que el progreso no se acelere debido a las conocidas formas de distribuir presupuestos. Es obvio que las personerías tienen presupuesto pero este no es de mayor alcance, pues los fines altruistas que tiene tampoco se cumplen.
En el pasado las personerías tenían funciones de veeduría, que se tornó en investigaciones demoradas por lo general con las pocas excepciones de aquellas que tienen celeridad y a su vez funciones fiscales, posteriormente de procuraduría, que deberán permanecer especialmente para entidades municipales.
Estamos en un presente que cambió muchas situaciones, si se quiere anquilosadas, y por ello las personerías deben tener en la nueva legislación un conjunto de funciones que exijan cumplimiento de la normatividad en todos los sentidos, pues es conocido que no hace poco tiempo, con leyes inexequibles se ordenaba por orden de personeros inscripción de registros de tierras  por desplazados, lo cual no demerita la institución sino quienes ocupan esos cargos.
Habría muchas reseñas de desconocimiento de la ley como pretender ser sancionadores de funcionarios de nivel superior al Municipal o dejar de acompañar a los Alcaldes en la distinción del espacio público y el privado, requiere atención de los legisladores no ya en la técnica de una ley sino en la razón de ser de las funciones y las sanciones a los personeros que con flagrantes vías de hecho, se ufanan de desempeño optimo, y claro está que quienes cumplen debidamente la labor, tampoco tengan obstáculos en la misión que desempeñan, sin dejar de lado que una ley de esa naturaleza en el presente, debe perdurar por algunos años, antes que sea necesario cambiarla por inoperante.  

martes, 3 de noviembre de 2009

Todos contra la Corte Suprema

Tomado de LaPatria.com

Esta Corte es la misma institución que en 1985 padeció los rigores de la toma del Palacio de Justicia. Los actuales magistrados cumplen las funciones que cumplieron aquellos mártires encabezados por Alfonso Reyes Echandía.

La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura acaba de tumbar una sentencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia mediante la cual había sancionado penalmente a la representante a la Cámara Sandra Arabella Velásquez por el uso ilegal de un bien público durante su campaña al Congreso en el 2006. La representante interpuso ante el Consejo Superior de la Judicatura una acción de tutela contra esta sentencia de la Corte y se produjo el adefesio jurídico de que la Sala Disciplinaria de este tribunal tumbó la sentencia de la Corte Suprema, en un hecho que trasgrede de manera grave el orden jurídico y judicial. Es ni más ni menos la suplantación del juez natural.

Ya la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura había producido otros adefesios jurídico-penales, como cuando ordenó la modificación del texto de la sentencia que condenó a Yidis Medina por cohecho en el famoso caso de la Yidispolítica, y dispuso que todo lo referente al ministro Diego Palacio quedara por fuera.

Hacen carrera los desafueros de este tribunal creado por la Constitución de 1991, y crece la inconformidad por su manejo y funcionamiento. La intención del constituyente fue buena en cuanto a la creación de este tribunal, pero su diseño tuvo un lunar: el nombramiento de los magistrados de la Sala Disciplinaria por parte del Congreso de la República de candidatos enviados por el Gobierno Nacional. Y este pequeño detalle ha dado para que este órgano judicial, específicamente esta sala, sea un fortín de políticos, funcional y servil al gobierno.

Sus miembros no brillan propiamente por su formación jurídica o trayectoria académica, han sido políticos que han obtenido el cargo como un premio de consolación o por ser fichas políticas sin ningún argumento adicional que sus conexiones. Dos casos palpables son Ovidio Claros, de quien se han hecho denuncias delicadas sobre su comportamiento como funcionario público, y Angelino Lizcano, funcionario por largo tiempo del Congreso de la República.

Y no sólo desde este tribunal se ponen palos en la rueda contra la Corte Suprema. Recientemente el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, dio declaraciones a manera de amenaza velada contra los investigadores de la “parapolítica” que anunciaron viajar a Estados Unidos para obtener más información de parte de los jefes paras extraditados sobre este trascendental y grave fenómeno, que trastornó de manera radical la vida nacional.

Ya desde una dimensión más siniestra están las grabaciones ilegales que se han hecho contra magistrados, y muy especialmente contra el magistrado auxiliar Iván Velásquez, el investigador clave en los procesos de parapolítica. Desde el DAS se han empecinado en hacerle un espionaje minucioso, con el agravante de que funcionarios del alto Gobierno han quedado mal librados en este siniestro episodio, que por más que se denuncia no para.

Detrás de todo está el papel que ha venido jugando la Corte Suprema básicamente en las investigaciones de la parapolítica y de hechos delictuosos en que pueden haber incurrido funcionarios públicos en episodios relacionados con la primera reelección del Presidente y eventualmente en la segunda que se está cursando. Así de sencillo.

La Corte Suprema ha sido un referente de la división del poder público en Colombia, y esto parece no gustarle al Gobierno, especialmente ahora, cuando su intención de perpetuarse en el poder ha quedado manifiesta, y cuando se ha anunciado que se hará todo lo que sea menester para lograr dicho objetivo.

Esta Corte es la misma institución que en 1985 padeció los rigores de la toma del Palacio de Justicia. Los actuales magistrados cumplen las funciones que cumplieron aquellos mártires encabezados por Alfonso Reyes Echandía. Es fundamental que se respete y se proteja la autonomía de este tribunal por razones de largo aliento y coyunturales. En las de largo plazo está la salvaguarda del diseño de la democracia, que tiene en la autonomía de la justicia uno de sus pilares fundamentales, así sus decisiones puedan no gustarle o incomodarle a un poder con alta popularidad, como en nuestro caso el que ejerce el presidente Uribe. De coyuntura, todavía falta mucho por conocer y decidir en los procesos de parapolítica, por ejemplo, con testimonios de los jefes paras extraditados. También en la Yidispolítica, y por qué no, en lo que se pueda surtir en materia penal en esta segunda reelección. --------------------Volver a Inicio

viernes, 17 de abril de 2009

CONVENIOS

Por: Pedro Gerardo Tabares C


A partir de la ley 80 de 1993, se acentúo la figura jurídica del convenio que como todos saben, tiene como orígenes el apoyo de la capacidad y la experiencia por parte de entidades públicas con fines altruistas. Esto ha dado oportunidad a menguar el empleo, porque el dinero que debe entregar el Estado a quien cumpla una labor, pasa a otra entidad que dispone de los dineros y deja de prestar sus servicios conforme a las normas que lo crearon.

En un país en donde se han proliferado las universidades y las instituciones que cumplen labores en formación técnica con la credibilidad que las personas tienen en ellos, para acceder a la confianza sobre la idoneidad intelectual terminan desempleados porque no encuentran trabajo debido a que los convenios absorben el dinero, más no mejoran la prestación de los servicios que se proponen. No es necesario hacer mención a convenios existentes que dejaron de lado prestación de servicios, especialmente en días feriados.

Con actividad de personas que tienen otras funciones, se distrae las calidades del trabajador o funcionario público, a funciones adscritas que no forman parte de su reglamento. Siempre se investigan las contratataciones de un millón o quinientos mil pesos por las autoridades de control y hasta por funcionarios penales. En los contratos se cuestiona la idoneidad, pero no hay antecedentes que se haya premiado a quienes desempeñan labores con eficiencia sin embargo si se cambian funciones en las entidades para convenios de decenas de millones, con la advertencia que parte de ellos se inviertan en capacitación y de ahí surgen deplorables servicios cuando la inversión no cumple su cometido .

Seguramente que si en vez de convenios se empleara personas la responsabilidad de prestación de servicios no se distraería.

En Colombia no puede haber servidor público sin funciones y de ahí que estas, mientras no tengan actos administrativos, no pueden variarse so pretexto de celebrar convenios
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