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domingo, 28 de abril de 2013

Aceptación del error judicial en Colombia

                                      Por: Pedro Gerardo Tabares
Los 12.657 procesos que se indican por la autoridad competente creada recientemente para la protección del Estado, y que acepta promedio de estimación de 1.700'000.000 de pesos por cada proceso, causa estupor, como también lo causó aquello que en el pasado constituyó la ingente desaparición de dineros que se desviaron de una entidad que en los últimos años  no ha manejado ese tipo de recursos.
El error judicial tiene una orientación que no se alcanza a definir.
Se determina la razón lógica de la condena a inocentes que deben acudir a demandar, no porque el daño deba resarcirse, sino porque en cada persona hay un mínimo de ética que le da valor para reaccionar ante el Estado cuando lo atropella.
Sin embargo, notamos que cuando se elabora una demanda de esa magnitud, nadie se preocupa por examinar el fondo de la situación que la produce, puesto que en verdad ya no interesa la persona que actúo, sino una demostración de que quienes manejan el Estado en este caso, la rama judicial no son  idóneos para hacerlo, y cada día se aumenta esta deficiencia. Por eso habrá necesidad de examinar así sea equivocadamente alguna razón para tan lamentable situación.
La creación del Consejo Superior de la Judicatura, fue una aspiración perfecta del constituyente, pero con sólo la aspiración frustrada de suprimirlo se puede deducir que no dio los resultados anhelados, puesto que en sus manos han pasado 20 años para dirigir a los administradores de justicia, en cabeza de jueces y las sanciones para abogados, al lado del manejo del presupuesto de la rama judicial.
Loable también fue considerar la carrera para funcionarios y empleados y a cada funcionario colocarle un buen número de empleados que hagan lo que le corresponde a aquel, desde el entendido que físicamente le es imposible evacuar las sentencias que se le imponen y en oportunidades surge la aplicación de caprichos tradicionales o también una ambición desmedida de poder, desconociendo las normas para resolver, de tal manera que en el primer caso se institucionalizó una posibilidad de dejar pasar, dejar hacer, en contrario a la dinámica que crean las leyes; en la segunda connotación con un reconocimiento profesional sin que interese cuál es la responsabilidad de quien presta el servicio gratis, se tornó en esa facilidad para tomar decisiones sin la mesura necesaria; pero a ello hay que agregar el cambio radical de la orientación de la justicia penal que de la investigación que hacia el Estado, pasó a la influencia del interesado en obtener una condena sin que interese a quien se la impongan, usando medios de presentación de prueba que le den fuerza a la acusación y luego, finalmente a la decisión del juez, con las consecuencias que se anotan. Seguramente que si se analizaran estas elementales situaciones, partiendo de la integridad moral de cada uno de los funcionarios habría horizonte.

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