Con motivo de la elección de
un magistrado para la más importante corte del país, que por su dignidad, las
funciones y autoridad en todos los campos del derecho en Colombia, a la cual se
le tiene el máximo respeto, por quienes profesen esa disciplina con integridad,
encuentran que actualmente se puede explicar con el término torpeza, cualquier
actuación relacionada con los impuestos al Estado, la responsabilidad de
dineros, en cuanto al manejo de bienes que corresponde administrar
personalmente, incluyendo el pago de los impuestos, deja en vilo aspectos
éticos, no porque se sancionen sino porque el cultor del derecho sabe por
principio elemental que la ignorancia del mismo no sirve de excusa, y menos el
señalamiento de la procedencia de los dineros que se poseen, para cuando se
trata de reunir requisitos para tomar posesión de un cargo.
Existió en el poco consultado
código civil la definición de la buena fe o manera de obrar, como parte de la
explicación de la culpa para encontrarla trascendencia en todas las normas y
por ello la novedosa constitución de 1991, recogió el concepto que impuso a servidores públicos y administrados, lo cual permite asombrarse
cuando una palabra de tal naturaleza se pronuncia por persona de tan acendrados quilates intelectuales, al
igual que tampoco se explique con la precisión que requiere la atención que
merecen actos como contar las vueltas cuando se compra un tinto, o cuando se recibe una
indemnización que sobrepase el centenar de millones.
Ya no decimos que esto es
insólito en el país en que peyorativamente se menciona una advocación religiosa
para dar a entenderlo, sino que debemos recurrir a la explicación que señalan
algunos que las costumbres cambien con las generaciones, entendible porque los
hackers presentan las irregularidades de las naciones que en nada importan las
costumbres.
Por eso se aplicarán las
normas existentes y lo que pueda llamarse un escándalo, no pasa de ser eso,
porque si el postulado y escogido no toma decisiones voluntarias podrá
posesionarse en uso del derecho que aún ni con una nueva constitución se tiene
claridad al respecto, porque mientras no se posesione ninguna autoridad podrá
investigarlo por dignidad no asumida y que el elector no podrá
modificar, salvo responsabilidades económicas para el Estado.
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