Movistar

lunes, 14 de septiembre de 2020

¿El derrumbe de la justicia Transicional?

Mario González Vargas
El intercambio epistolar de Álvaro Leyva con Salvatore Mancuso implica un cambio de tercio en la estrategia de la oposición auxiliadora de las Farc, para extender un manto de impunidad sobre todos los delitos perpetrados durante el conflicto armado. Con el cruce de cartas se abandona el perverso ejercicio de baranda en los despachos judiciales, tan caro a Iván Cepeda, para situarlo en escenario de aparente juridicidad, consistente en confesiones destinadas a ocultar los pecados propios por medio de acusaciones indiscriminadas contra los enemigos en el conflicto. 

En el cruce epistolar se dibuja un pacto de trueque para incluir al arrepentido criminal en el beneficio de la sanción restrictiva de la libertad, a cambio de tener como verdad los señalamientos que profieran contra los estigmatizados como enemigos de la paz. Para apuntalar el simoníaco acuerdo, el senador Barreras presentará un proyecto de ley, cuya aprobación permitirá el ingreso de los jefes paramilitares a la JEP, cabeza de un sistema de justicia transicional insólito en el DIH, porque diseñado en convenio con sus beneficiarios y a la medida de sus intereses. Asistimos a la aplicación del concepto de que la paz está por encima de la justicia, formulado en mala hora por quien fuera presidente de la Corte Suprema y hoy prófugo de la justicia por el proceso denominado como el Cartel de la Toga. Ese lavado de responsabilidades parece contar con el asentimiento del Nobel de Paz, cuando, contrito, afirma “Siento, y es un error que cometimos, que los procedimientos quedaron muy engorrosos, somos un país muy santanderista, y se lo aplicamos a una justicia que es especial, le aplicamos leguleyadas al proceso y eso ha demorado muchísimo”. 

Y refuerza su habilidad de prestidigitador afirmando que “Este acuerdo de paz no es perfecto, es el producto de una negociación entre seres humanos que se estaban matando, si encontramos un consenso para mejorar la implementación, bienvenido sea. Siempre y cuando sea de consenso". Entierran la socorrida tesis de la intangibilidad del acuerdo de paz, porque ya identificaron el sustento normativo de esta opereta de impunidad en el artículo 63 de la ley de Justicia y Paz que dispone: “LEY FUTURA MÁS FAVORABLE. Si con posterioridad a la promulgación de la presenta ley, se expiden leyes que concedan a miembros de grupos armados al margen de la ley beneficios más favorables que los establecidos en esta, las personas que hayan sido sujetos del mecanismo alternativo, podrán acogerse a las condiciones que se establezcan en esas leyes posteriores”

Los paramilitares como los militantes de las FARC que se acojan a la JEP tienen como primordial e insustituible responsabilidad las de decir la verdad y reconocer sus crímenes. Si no lo hacen, se les aplicarán las penas ordinarias de 15 a 20 años de reclusión. Los comandantes farianos en sus comparecencias han negado la verdad, lo que presagia la actitud de Mancuso y Cia. ¿Asistiremos al derrumbe de la Justicia Transicional de manos de sus autores y beneficiarios?     

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

LinkWithin

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...