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martes, 4 de enero de 2011

REMPLAZO DE DEFENSORES

Por: Pedro Gerardo Tabares C

Desde la vigencia de la ley 906 y aquella que la reformó, por el cambio trascendental que tuvo el procedimiento penal se encuentran serias dificultades que han devenido en aras de la búsqueda para la agilización de procesos a crear mecanismos que tienen apoyo en práctica y no tanto en la ley, lo cual es entendible desde el punto de vista que con la oralidad todo cambia y es necesario adecuar las labores a la realidad que se va presentando, sin embargo, se observa que el Ministerio Público ha entrado en acción en forma destacada para hacer de situaciones que se dejan a la deriva porque parecen poca importancia, importantes planteamientos.

 Dentro de éstas hemos podido observar cómo se ha hecho la sugerencia de que se ponga en práctica la ley para que se acabe el prurito que existió en los códigos de procedimiento que tuvieron origen en 1936 os cuales fueron reformados frente a la nulidad y las tercerías estos mecanismos se hacían dueños del proceso y lo hacían demorar indefinidamente, para satisfacer intereses que solamente podían orientar los abogados. Hasta ahora se puede observar acaso con estupor, como delitos tan graves y de lesa humanidad, como los llamados falsos positivos quedan allá en un lugar indescriptible del derecho porque la aplicación de los términos se vuelve inexorable así no se cumplan en los más disímiles casos que tramita la justicia Colombiana, para no cumplirla.

La solicitud de exigencia por parte del Ministerio Público encabeza de una de sus representantes, toma inusitada vigencia, pues, al señalar que no se está cumpliendo con una de las exigencias de rigor, cual es que la administración de justicia sea expedita por la rapidez en el tiempo, se está demostrando que existe la norma dentro de las últimas leyes que rigen el procedimiento penal en que se tuvo en cuenta el defensor de confianza, apoderado en otras épocas o defensor, pero de todas maneras quien por orden constitucional debe recibir el encargo de la defensa técnica para que no quede como la persona insustituible, porque no lo es, y que se le permita recurrir a diversos mecanismos para producir demoras en el adelanto del proceso, porque aquí se debe aplicar el principio que quien tiene una investidura, con ella no queda supeditado su trabajo a la persona que lo desempeñé, sino por el contrario que se le exija al suplente cumplir sus funciones. Es decir, que haya persona que pueda remplazarlo porque así lo consagra la ley, y no se le dé a está amplitud perniciosa que se da para que un defensor señale simplemente que tiene un resfriado o que no está en condiciones de acudir al estrado, y por ello perder toda la preparación que se ha hecho para celebrar una audiencia y consideradar que el trabajo no vale, pues tanto funcionarios, como quienes deben comparecer, según sus asignaciones y salarios pierden el tiempo que tiene el valor equivalente a las horas que por no desarrollarse la audiencia, pueden sumar millones de pesos, que en este solo sentido causa perjuicio.

Pues la pérdida de una mañana de un funcionario tiene un valor considerable y no menos relevante es el de lo que significa en términos laborales el equivalente del tiempo perdido para cada uno de quienes deben asistir bajo conminación a la diligencia que se ha señalado previamente por el funcionario competente.

Es una situación de justicia, que si un defensor no comparece exista el suplente que va a remplazarlo para que tenga validez la creación legal de este, pues de lo contrario es inoficioso que se haya legislado en este sentido.

viernes, 5 de marzo de 2010

REMPLAZO DE DEFENSORES

Comentario jurídico
------------------------------Por: Pedro Gerardo Tabares

Desde la vigencia de la ley 906 y aquella que la reformó, por el cambio trascendental que tuvo el procedimiento penal se encuentran serias dificultades que han devenido en aras de la búsqueda para la agilización de procesos a crear mecanismos que tienen apoyo en práctica y no tanto en la ley. Esto es entendible desde el punto de vista que con la oralidad todo cambia y es necesario adecuar las labores a la realidad que se va presentando. 

Sin embargo, se observa que el Ministerio Público ha entrado en acción en forma destacada para hacer de situaciones que se dejan a la deriva porque parecen poca importancia, importantes planteamientos. Dentro de éstas hemos podido observar cómo se ha hecho la sugerencia de que se ponga en práctica la ley para que se acabe el prurito que existió en los códigos de procedimiento que tuvieron origen en 1936 los cuales fueron reformados frente a la nulidad y las tercerías estos mecanismos se hacían dueños del proceso y lo hacían demorar indefinidamente, para satisfacer intereses que solamente podían orientar los abogados. Hasta ahora se puede observar acaso con estupor, como delitos tan graves y de lesa humanidad, como los llamados falsos positivos quedan allá en un lugar indescriptible del derecho porque la aplicación de los términos se vuelve inexorable así no se cumplan en los más disímiles casos que tramita la justicia Colombiana, para no cumplirla.

La solicitud de exigencia por parte del Ministerio Público encabeza de una de sus representantes, toma inusitada vigencia, pues, al señalar que no se está cumpliendo con una de las exigencias de rigor, cual es que la administración de justicia sea expedita por la rapidez en el tiempo, se está demostrando que existe la norma dentro de las últimas leyes que rigen el procedimiento penal en que se tuvo en cuenta el defensor de confianza, apoderado en otras épocas o defensor, pero de todas maneras quien por orden constitucional debe recibir el encargo de la defensa técnica para que no quede como la persona insustituible, porque no lo es, y que se le permita recurrir a diversos mecanismos para producir demoras en el adelanto del proceso, porque aquí se debe aplicar el principio que quien tiene una investidura, con ella no queda supeditado su trabajo a la persona que lo desempeñó, sino por el contrario que se le exija al suplente cumplir sus funciones.

Es decir, que haya persona que pueda remplazarlo porque así lo consagra la ley, y no se le dé a está amplitud perniciosa que se da para que un defensor señale simplemente que tiene un resfriado o que no está en condiciones de acudir al estrado, y por ello perder toda la preparación que se ha hecho para celebrar una audiencia y considerador que el trabajo no vale, pues tanto funcionarios, como quienes deben comparecer, según sus asignaciones y salarios pierden el tiempo que tiene el valor equivalente a las horas que por no desarrollarse la audiencia, pueden sumar millones de pesos, que en este solo sentido nada se causa perjuicio.

Pues la pérdida de una mañana de un funcionario tiene un valor considerable y no menos relevante es el de lo que significa en términos laborales el equivalente del tiempo perdido para cada uno de quienes deben asistir bajo conminación a la diligencia que se ha señalado previamente por el funcionario competente.

Es una situación de justicia, que si un defensor no comparece exista el suplente que va a remplazarlo para que tenga validez la creación legal de este, pues de lo contrario es inoficioso que se haya legislado en este sentido.
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sábado, 14 de marzo de 2009

Por el Derecho al Agua Potable, el 18 de Marzo ¡Movilicémonos!


casinos onlineEditorial Periódico El Usuario Nº 25, Manizales, marzo de 2009
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El Comité Nacional en Defensa del Agua y la Vida, CNDAV, en su primera reunión de este año, realizada el 21 de enero pasado, después de hacer un análisis del trámite del Referendo del Agua en la Cámara de Representantes, resolvió adelantar una serie de actividades y tareas que habrán de concluir, en una primera etapa, con una gran movilización, concierto-concentración, el próximo 18 de Marzo a partir de las tres de la tarde en la plaza de Bolívar de Bogotá.Las conclusiones de la reunión nacional del CNDAV pueden resumirse, a fin de ilustrar a quienes respaldan el referendo, así:
1. Adelantar una campaña nacional que promueva y sustente, en los más diversos sectores sociales, las razones que sustentan que el agua debe ser un bien público, de uso común, administrado por el Estado, blindado constitucionalmente a cualquier posibilidad de privatización, protegido de manera especial en todas sus formas y ecosistemas. Un bien que puedan disfrutar todas las familias colombianas, por medio de un mínimo vital gratuito, al que tengan acceso y derecho constitucional.
2. Para adelantar la campaña acordamos enfatizar en el discurso el derecho al agua potable tal y como se expresa en el texto del Referendo. Es decir, explicar nuestra oposición a la privatización, en todas sus formas, de los sistemas de saneamiento estatales y a la inversión privada nacional y multinacional en el sector, cualquiera sea la forma que adquiera, denunciando además, el papel que juegan las multinacionales como principales agentes de la mercantilización del agua y enfatizando en la defensa del mínimo vital gratuito y en la condena a las elevadas tarifas que hoy acogotan a millones de Usuarios.
3. Dispuso también el comité nacional, ante el trámite que el referendo tendrá en la Cámara de Representantes a partir del 16 de Marzo, no aceptar modificación alguna al texto sobre el cual recogimos más de dos millones de firmas, por considerar que, las propuestas de reforma que se insinúan por parte de alguno de los ponentes o integrantes de la comisión primera de la cámara, de acogerse, significarían la pérdida de la esencia del Referendo. El comité no le hará el juego a propuestas que conduzcan a burlar el deseo expresado por los más de dos millones de colombianos que nos acompañaron.
4. Para que la campaña tenga un derrotero claro, acordamos promover en los más diversos escenarios, asambleas populares por el referendo del agua. Ojala las asambleas, foros, reuniones, conversaciones públicas y demás eventos que se realicen, se liguen a los problemas concretos que hoy se presentan, en todo el territorio nacional, alrededor del tratamiento, manejo y uso del agua.

5. A fin de allegar los recursos económicos necesarios para la movilización de los partidarios del referendo a Bogotá, acordamos promover la venta del CD del agua, solicitar solidaridad a las organizaciones sindicales y populares, sacar un bono de apoyo y pedirle a quienes respaldan esta iniciativa popular, que haciendo un esfuerzo, aporten para el transporte y demás gastos relacionados con la “Minga del Agua”.

6. Aunque las condiciones para la aprobación del Referendo en el Congreso de la República no son las mejores, por la posición asumida por la Superintendencia de Servicios Públicos, la Asociación de Empresas de los Servicios Públicos Domiciliarios ANDESCO y el Presidente Uribe, acordamos hacer nuestros mejores esfuerzos para explicar a los integrantes de la comisión y a los representantes todos, las bondades del referendo. Vamos a promover que en las asambleas populares que se realicen en las regiones participen. Y claro, acordamos también que, dependiendo de la posición que asuman en la votación, los denunciaremos ante sus electores, no en tono de amenaza, sino para que sus electores, conozcan de su comportamiento.

7. Adelantaremos acciones con organizaciones defensoras del agua de otros países para contarles sobre el movimiento que se está desarrollando en Colombia y para pedirles su respaldo y solidaridad como ya sucedió en el Foro Social Mundial realizado en Belem do Para, Brasil.

8. Si, en el trámite del referendo en la Cámara de Representantes, estos deciden “Hundirlo”, llamaremos y saldremos a recoger las demás firmas que se necesiten para que la autoridad electoral convoque el referendo. Pensamos, después de realizadas las consultas jurídicas necesarias, que estamos en la posibilidad legal de obligar se convoque al pueblo a elecciones, para que sea él, en su soberanía, quien decida si quiere o no, que la propuesta de modificación de la Constitución contemplada en el referendo, sea una realidad.

9. Otro aspecto de gran importancia analizado en la reunión del CNDAV fue la gran unidad que acompaña la tarea. Todos los sectores que confluimos en esta propuesta estamos férreamente unidos. Por eso llamamos a que en todas las regiones se fortalezcan los comités territoriales y a que en las pocas en que aun no se han podido acordar, lo hagan.

El movimiento necesita, hoy más que ayer, de la voluntad unitaria, del trabajo conjunto, de la decisión de lucha de quienes, desde diversos espacios y visiones, estamos comprometidos con el éxito del Referendo del Agua. Desde este periódico llamamos a quienes acogen nuestras orientaciones a que derrotemos el estilo sectario y grupal y promovamos la unidad y el trabajo en equipo. El referendo lo requiere.10. Uno de los temas que gravita en casi todas las entidades territoriales, alrededor del agua, es la propuesta del gobierno contemplada en el Plan Nacional de Desarrollo y conocida como Planes Departamentales de Agua.

Para atender las muchas inquietudes que sobre este asunto tienen alcaldes, concejales, diputados, organizaciones ambientalistas, sindicatos de las empresas y usuarios en general, acordamos promover foros regionales sobre este asunto. Ya están convocados varios.11. Para que todas estas decisiones y tareas se difundan entre miles de colombianos y se apliquen en todas las regiones de la patria, acordamos mejorar nuestras comunicaciones internas, instar a que los comités promotores del referendo usen todos los medios de difusión posibles, radio, televisión, Internet, páginas Web y periódicos nacionales y regionales y prensa alternativa.

Desde El Usuario reiteramos nuestro compromiso con el Referendo del Agua y llamamos a quienes integran las ligas y comités de usuarios filiales de la Liga Nacional y de la Unión de Usuarios y Defensores de los Servicios Públicos a que trabajemos con ahínco en las tareas señaladas. Volver a Inicio >

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