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domingo, 15 de diciembre de 2013

Discusión en boga

                         Por: Pedro Gerardo Tabares C.
Participar en los conceptos nacionales no es cosa fácil, puesto que cada quien orienta e interpreta la normatividad con la facilidad que le permite su filosofía orientadora de decisiones.
Está amainando lo que se considera un tema delicado que se relaciona con la decisión del Ministerio Público al destituir al alcalde mayor de Bogotá, seguramente que con fundamento en el código único disciplinario, pues no es tan fácil examinar una providencia de esa naturaleza cuando no se entra a discutir lo jurídico.
Cuando el derecho se torna en el devenir de las aspiraciones de comprenderlo es más difícil hacer enunciados frente a decisiones que tienen fuerza administrativa y aun podrán ser objeto de las actuaciones judiciales que en la estructura del derecho se permiten.
Las condiciones del país, no dan margen para  hacer lucubraciones, que no atiendan una aspiración sincera para que todos los conflictos que puedan darse en un caso determinado, por interpretación de la ley, se traten con el más sano criterio institucional para evitar decisiones  que con el poder que se tenga, se rompa el espíritu de servicio y el principio de trabajar por el mejor estar de cada uno de los ciudadanos.
No escapa al sano criterio, que una decisión en que se tenga competencia nunca será objeto de responsabilidades por parte de quien interpreta la ley, aunque excepcionalmente algunos intérpretes han hecho tabla rasa de esa concesión constitucional, que no permite la repetición en tales casos.
Simplemente por razón de considerar que la constitución política qie sólo tiene un poco más de la mayoría de edad, en ese tiempo, ha sufrido directrices que la cambiaron con Actos Legislativos y Leyes, que por su número  no consideramos en este momento que sea necesario señalar, para poder observar los permanentes cambios.
Sin embargo, ello se debe a que observemos en forma llana el artículo 323 de la Constitución Política reformada mediante el acto legislativo 02 de 2002, que los intérpretes habrán de tener en cuenta sobre su determinación superior frente a leyes de todos los órdenes para su aplicación, al señalar: “En los casos taxativamente señalados por la ley, el Presidente de la República suspenderá o destituirá al Alcalde Mayor”.
No está por demás señalar que el código único disciplinario tuvo su expedición en el mismo año, pero con la salvedad atrás indicada, respecto del cual en sentencias de la H. Corte Constitucional se ha puntualizado exequibilidades e inexequibilidades.
Tratándose de una situación de puro derecho, comprendemos que cualquier comentario no pasará de ser eso porque sólo trasciende en el mundo material la decisión de quien tenga el poder o  las competencias.
En este sentido es importante que las expresiones que llevan a la interpretación de corrientes que se han tejido alrededor de la nueva concepción constitucional sigan orientándose, por la individualidad que la nueva constitución le dio a divisiones excepcionales como el distrito capital, las zonas metropolitanas y otra divisiones que inciden sobremanera en el tratamiento jurídico para quienes desempeñan la dirección de tan importantes conglomerados.
Por eso el tema es tan delicado que en una oportunidad en que se pretendió fusionar el distrito capital con otros territorios la guardiana de la constitución declaró inexequible el artículo que así lo  institucionalizaba, circunstancia que permite afirmar que si bien es un territorio colombiano con capacidad de representar como capital de un departamento y a su vez tener autonomía como distrito capital, ese territorio tiene normas propias que lo rigen y por tanto regulación excepcional que lleva a citar el viejo postulado que lo especial prima sobre lo General cuando de interpretación legal se trata.
Una visión serena de las decisiones orientara al país con la mejor de las decisiones que le permitan hacer la orientación, puesto que en competencias solamente se indica “ destituir” en la consagración constitucional para otros funcionarios cuando no se habían consagrado las leyes disciplinarias que se han dado en el tiempo.

domingo, 5 de agosto de 2012

La prestación del servicio público

Magdalena: Concurso en salud, una vagabundería
Por: Alejandro Arias
¿Qué Tienen en común los ex Gobernadores Trino Luna Correa y Omar Diazgranados Velásquez con el actual alcalde de Santa Marta, Carlos Eduardo Caicedo Omar? Un nombre en particular, el del doctor Jairo Enrique Romo Ortiz.
El artículo 125 de la Constitución elevó a rango constitucional el mérito como principio rector del acceso a la función pública.
Primero para asegurar el cumplimiento de los fines estatales de manera eficiente y eficaz, al lograr con ello la prestación del servicio público por personas calificadas. Segundo porque el mérito como criterio rector del acceso a la función pública garantiza el derecho de las personas a elegir y ser elegido, así como el derecho a acceder al desempeño de funciones y cargos públicos y tercero porque la selección con fundamento en el mérito promueve la igualdad de trato y de oportunidades, permitiendo que cualquier persona calificada para el cargo pueda participar en el respectivo concurso.
No obstante que desde 1993 están instituidos los concursos de mérito en el sector salud, con la entrada en vigencia de la Ley 100, en el Magdalena solo hasta el año 2004 se abrió el primero con el objeto de proveer cargos de gerentes a la red hospitalaria del departamento.
Proceso de selección en el que el doctor Jairo Romo ocupó el primer lugar en el concurso que proveía de gerente al Hospital San Rafael de Fundación. Cargo que, a pesar de haber sacado la mayor puntuación, no ocupó porque el Gobernador de la época, Trino Luna Correa, no lo escogió de entre la terna de elegibles.
En el año 2008, siendo gobernador Omar Diazgranados Velásquez, el Departamento abrió concursos para proveer cargos de gerentes a los hospitales departamentales. Jairo Romo también participó e igualmente ocupó el primer. En esta oportunidad para gerente del Hospital Universitario Julio Méndez Barreneche, hoy Universitario Troconis, de Santa Marta cargo al que tampoco se pudo posesionar.
Una acción popular interpuesta por María Elena Jiménez en contra de la Universidad Sergio Arboleda y el Gobernador de Magdalena para que se protegieran los derechos colectivos a la moralidad administrativa y al patrimonio público fue la excusa.
El calvario judicial empezó el 6 de noviembre de 2008 cuando el Juzgado Cuarto Administrativo de Santa Marta admitió la demanda. Admisión de la que se solicitó su anulación; anulación que el Tribunal Administrativo del Magdalena resolvió mediante auto de 11 de mayo de 2010 (dos años después) y fue ahí cuando apenas se dio inició de verdad verdad a dicho proceso. Acción Popular que de acuerdo con la ley 472 de 1998 no debería demorar más de 40 días incluida la segunda instancia.
Siendo Alcalde de Santa Marta, Carlos Caicedo Omar, el 6 de marzo de 2012 la Junta Directiva de la Empresa Social del Estado Prospero Reverend, de la que también es Presidente, invitó a conformar la terna de elegibles del cargo de gerente de esa entidad. Concurso del cual ocupó el primer puesto Jairo Romo Ortiz. hecho que quedó consolidado el 21 de abril de este año cuando se hicieron las respectivas publicaciones.
Pero dos sentencias de tutela (Ver SEGUNDO FALLO: http://sdrv.ms/PTPkKE) y sendos pronunciamientos de la Comisión Nacional del Servicio Civil no han sido suficientes para que el Alcalde de Santa Marta honre el bendito concurso y dé legal posesión en el cargo a Romo Ortiz. Muy a pesar que así se comprometió en declaraciones que diera Caicedo Omar a la SillaVacía.com.
Publicó el pasado 3 de julio la SillaVacía.com que “El Alcalde de Santa Marta, Carlos Caicedo, ya accedió a posesionar al gerente de la ESE Alejandro Próspero porque éste ganó una tutela que interpuso. Sin embargo, Caicedo señala que en el proceso hubo eventualidades que cambiaron las reglas de juego estipuladas, motivo por el cual intentó detener el concurso”. (Ver http://bit.ly/LUwp79)
Pero ahora de debajo de la cama resultó un tercer fallo de tutela, de cuya existencia ya se escuchaban rumores que anunciaban que el concurso completo se tumbaría. runrunes que dejaron de serlo con el fallo de tutela proferido por el juzgado 7 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento  y Depuración de Santa Marta fechado 1 de agosto de 2012 con el cual se tumbó todo el proceso de selección, desde la convocatoria misma, amparando supuestos derechos de un ciudadano que alegó no le permitieron inscribir su nombre en el concurso. (Ver ULTIMA TUTELA: http://sdrv.ms/OSokQy) Fallo del que ya se enuncian particulares circunstancias.
Primero, se señala que el juez no aplicó, para efectos de este fallo, el principio de inmediatez púes pasados 5 meses desde la apertura de dicho concurso sólo hasta ahora el tutelante se acordó de reclamar.
El segundo aspecto se centra en el hecho de que al generar efectos este fallo sobre intereses de terceros, como la Universidad que adelantó el concurso y Jairo Romo quien vería afectados los derechos adquiridos, llama la atención que a los mismos no se les hubiere vinculado al particular proceso garantizándoles así el derecho a la defensa.
Ejemplos como estos son los que han permitido titulares como el publicado por el periódico El Tiempo el pasado 3 de mayo: “Once hospitales del Magdalena no tienen gerentes en propiedad” (Ver http://bit.ly/RAxkGM
Y mientras estas argucias jurídicas se hacen recurrentes son más los pobres de los municipios del Magdalena y Santa Marta muriendo en las puertas de los Hospitales suplicando les garanticen el más elemental de sus derechos: la vida.
Voces como la de la Fiscalía y la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República son mudas mientras que en el Magdalena los concursos de meritos, en el sector salud, no pasan de ser una vagabundería. 
alejandroarias@dialnet.net.co

miércoles, 19 de mayo de 2010

Las Farc en campaña

Colombia, miércoles 19 de mayo de 2010

HORACIO SERPA

Las Farc no se resignan a ser ignoradas en las elecciones presidenciales. Al igual que en los anteriores procesos, ellas quieren inclinar la balanza a favor de uno u otro candidato, de acuerdo con sus intereses, que nunca coinciden con los del resto de colombianos.

Cuando todos esperábamos que la presión de las fuerzas militares y el aislamiento político, por no decir desprecio de la opinión pública, las mantuviera inermes, esa organización ha iniciado una serie de ataques a poblaciones y destacamentos militares que las han puesto nuevamente en la agenda de los medios.

Los titulares de los noticieros destacan quemas de buses, paros armados, destrucción de poblaciones, asesinato de militares y policías, amenazas a candidatos. Muerte de civiles, irrespeto a las normas del derecho Internacional Humanitario. Toda una demostración de poder armado e imbecilidad política. Un mensaje a la nación de que sobrevivieron a la seguridad democrática y sea quien sea el nuevo inquilino de la Casa de Nariño ellas seguirán siendo parte del paisaje.

Nada más desprestigiado que las Farc. Pero también nada más cierto que siguen siendo una organización armada, con más de ocho mil hombres, como reveló el General Naranjo recientemente, con una enorme capacidad de daño. Son poder real en cientos de municipios del sur, en donde está su retaguardia estratégica.

Las Farc no han cambiado su discurso, ni sus pretensiones, y siguen ocupando el primer lugar entre las cosas que más detestan los colombianos. Para exterminarla, el gobierno que culmina gastó un gran porcentaje del presupuesto nacional, por encima de la educación, duplicó el número de hombres de la fuerza pública, aumentó la capacidad destructiva y elevó a niveles no conocidas la capacidad tecnológica de las fuerzas militares, con aparatos solo entendibles en las películas de ciencia ficción.

Aunque se dieron de baja a importantes jefes guerrilleros y se cuentan por miles las deserciones, la verdad es que esa organización sigue viva y no se resigna a no ser protagonista en el cuatrienio que sigue. Sin importar el color del nuevo Presidente, este tendrá que presentarle al país una propuesta creíble y sensata para enfrentar esa amenaza. La que, a mi modo de ver, deberá incluir un componente militar y otro político, porque con solo plomo no se construye la paz, ni con sola lengua se ganan las guerras.

Hasta el momento no se ha escuchado nada novedoso al respecto. El solo hecho de prometer la continuidad de la seguridad democrática no garantizará el fin del conflicto armado. Como tampoco, hablar en abstracto de la solución negociada, que por cierto poco se ha oído mencionar en los debates televisados.

Los candidatos tienen que ofrecerle al país mucho más que retórica para enfrentar la guerra interna. Hay que ser sensatos y proponer la paz como una prioridad nacional, porque seguir en guerra será un suicidio. Las Farc son enemigas de nuestro desarrollo y progreso, pero sobre todo, enemigas de quienes creemos que sin paz nunca habrá pan para todos.

jueves, 24 de abril de 2008

La incertidumbre de los colombianos clama un SOS

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por , Apr 24, 2008
Los colombianos se encuentran en la peor incertidumbre de la historia, por las debilidades de dos de las ramas del poder público, la ejecutiva y la legislativa.

Las investigaciones y condenas a congresistas por nexos con paramilitares ponen en duda la legitimidad de algunas instituciones.
Los colombianos se encuentran en la peor incertidumbre de la historia, por las debilidades de dos de las ramas del poder público, la ejecutiva y la legislativa.
La crisis se ha profundizado hace más de 24 horas, luego de una reunión del presidente de la república con la comisión
primera de la cámara de representantes, donde se estudiaba una reforma política que había sido como un alivio para los ciudadanos, porque purgaba realmente al Congreso y a los movimientos políticos que resultaran comprometidos en actos dolosos por filtraciones de de algunos de sus miembros con los grupos ilegales de Paramilitares, narcotraficantes y guerrilla.
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