Por: Alejandro Arias (alejandroarias@dialnet.net.co)
En dos diferentes consultorías, aparte de la que hoy adelanta el Incoder a instancias de las Superintendencia de Notariado y Registro, tendientes a determinar el estudio de títulos de quienes ocupan el Parque Tayrona, específicamente en el sector de Bahía Concha, se ha llegado a una misma conclusión: “hoy no se sabe cuáles son los verdaderos terrenos de la nación”.
El primer estudio data de
2003, realizado por el abogado Filipo Ernesto Burgos Guzmán titulado
“Consultoría definición y apoyo en la implementación de una estrategia para la
recuperación efectiva de los territorios en el área protegida del Parque
Nacional Natural Tayrona”. (Ver CONSULTORIA FILIPO BURGOS GUZMAN:
http://sdrv.ms/UbJ3zh)
Según Burgos Guzmán la
historia de estos predios data del 30 de agosto de 1962 cuando el Incora inició
los trámites de extinción del dominio por falta de explotación económica o
incumplimiento de la función social de la propiedad de la finca denominada
Villa Concha, Magadalena, Concha, Atajo de Concha o Concha Palangana.
Mediante Resoluciones N.°
14224 y 118 del 22 de septiembre de 1968 el Incora efectivamente decretó la
extinción del dominio de dichos predios con una extensión aproximada de 4.000
hectáreas, dejando a salvo una porción del terreno denominado “Villa Concha” de
164 hectáreas más 9.750 metros cuadrados que estaban siendo efectivamente
explotadas por el Seños Julio Sánchez Trujillo.
Posteriormente el Consejo de
Estado, mediante fallo de agosto 6 de 1971, reformó dicha resolución y aumentó
el número de las 164 hectáreas a un total de 400 que eran las que se debían
reconocer a favor de Sánchez Trujillo.
Según el abogado Burgos Guzmán
una vez hecha las verificaciones de las posteriores ventas de estos predios se
pudo concluir que las 3.600 hectáreas recuperadas por el Incora a favor de la
nación se han venido reduciendo por que el señor Julio Sánchez Trujillo,
propietario de la parte que se excluyo de la extinción del dominio, ha vendido
4 veces más de lo que tenía y agregó que, en resumidas cuentas, el Estado ha
perdido casi todo el territorio recuperado quedándole únicamente el folio de
matricula inmobiliaria y las resoluciones de extinción del Incora.
El otro estudio se trata de la
consultoría contratada por la Embajada de Países Bajos (CARPACOT – UAESPNN) con
la doctora Marlenny Díaz Cano. Informe del año 2004 - 2005. Dice en su informe
la doctora Díaz Cano que como se ha reiterado a lo largo de los estudios
jurídicos referidos a este caso, el propietario del bien Villa Concha, que fue
excluido de la declaración de sustracción del régimen de reserva especial de
colonización que se hizo del globo de terreno Concha y atajo de Concha, realizo
compraventas sobre terrenos que excedían a las 400 hectáreas legalmente suyas.
Y agregó que se hace notoria la irregularidad jurídica y administrativa que se
presento al ser registradas las compraventas sobre estos terrenos”. (Ver
INFORME DE CONSULTORIA DIAZ CANO 2004
BAHIA CONCHA: http://sdrv.ms/UFe652)
Con este mismo informe se
llamó la atención sobre la urgencia de determinar claramente los linderos del
predio Villa Concha, identificada con el número catastral 00-3-001-001; ya que
de no aclararse este punto se dificultaría cualquier proceso que busque la
declaración de ocupación indebida de los predios de la nación, pues los
compradores presentan escrituras de compraventas registradas y derechos de
dominios inscritos en los certificados de tradición y libertad de los predios
con linderos a su favor. No sobra precisar que en este predio, en particular,
está ubicada la playa Los Ciruelos y por ende el proyecto cuya Licencia ha sido
suspendido de forma provisional por la ANLA. (Ver GRAFICA DE LOS TERRENOS
EXTINGUIDOS Y EXCLUIDOS y PLANO SECTOR 3 DE BAHÍA CONCHA:
http://alejandroaria2.blogspot.com/)
Licencia que además de haberse
expedido sin que se hubieren cumplido con las consultas previas con las
comunidades indígenas de la SNSM al sustentarse dicha omisión en un oficio del
Grupo de Consulta Previas del Ministerio del Interior con el que se certificó
que “NO SE REGISTRAN comunidades indígenas en el área del proyecto” no obstante
que este proyecto está ubicado dentro de la frontera de la línea negra (Ver
MAPA LÍNEA NEGRA: http://alejandroaria2.blogspot.com/) se suman las graves
evidencias de destrucción de los sepulcros indígenas allí ubicados por el
asalto continuado de huaqueros a estas riquezas arqueológicas en esos mismos
terrenos donde se había licenciado Los Ciruelos y que han estado bajo el
control de sus promotores. (Ver FOTOGRAFÍAS:
http://alejandroaria2.blogspot.com/)
El proyecto los Ciruelos es
una especie de Pandora puesta en el Tayrona solo para introducir el mal en el
que los pecados, sin dudas, abundan.
DE ÑAPA: En la publicación
pasada afirmé que no obstante haber informado al Sub Director de la ANLA,
Rodrigo Suárez, sobre esta serie de irregularidades esta entidad había
preferido caminar de la mano del Código Penal. Hoy debo reconocer que la ANLA,
y en particular el Dr. Suárez, han sido muy diligentes en la búsqueda de
caminos en pro de la defensa y protección del más importante santuario
ecológico y cultural del país: el Parque Tayrona. Esperamos sí que la medida de
suspensión adoptada sea pronto definitiva y para nunca jamás.
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